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Enrique Guevara-Ríos

Abstract

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos: derecho a la vida y a la libertad, derecho a no estar sometido ni a esclavitud ni a torturas, derecho a la libertad de opinión y de expresión; derecho a la educación, a la salud, al trabajo, entre otros muchos. 


 Estos derechos corresponden a todas las personas, sin discriminación alguna: raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición1.


Desde entonces, las Naciones Unidas han ido ampliando los derechos humanos para incluir normas específicas relacionadas con las mujeres, los niños, las personas con discapacidad, las minorías y otros grupos vulnerables, que ahora poseen derechos que los protegen frente a la discriminación que durante mucho tiempo ha sido común dentro de numerosas sociedades.


 En 1968 se llevó a cabo la Conferencia sobre los Derechos Humanos de Teherán2, donde se incluyó el derecho de las parejas para decidir libremente y bajo su responsabilidad el número y espaciamiento de los hijos.


 La Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD)3, se celebró bajo los auspicios de las Naciones Unidas, en El Cairo, Egipto, del 5 al 13 de septiembre de 1994; por primera vez, los derechos sexuales y reproductivos de la mujer se convirtieron en el elemento central del acuerdo internacional sobre población y desarrollo.


Los derechos sexuales4 comprenden el derecho básico de toda pareja y de toda persona de tener una vida sexual responsable, satisfactoria y segura; esto es, libre de enfermedad, lesiones, coerción o violencia, e independientemente de la situación reproductiva de cada uno. A tener acceso a una educación en sexualidad, que sea oportuna, integral, gradual, científica y con enfoque de género, y el respeto de las personas a su preferencia sexual; y a contar con información y servicios de prevención y tratamiento de las infecciones de transmisión sexual (ITS), incluyendo el virus de inmunodeficiencia humana VIH-SIDA.


 Los derechos reproductivos4 comprenden el derecho básico de toda pareja y de toda persona de decidir libre y responsablemente sobre el número, el espaciamiento y la oportunidad de tener hijos/as y de tener la información y los medios de hacerlo, así como acceder plenamente a los métodos para regular la fecundidad. Asimismo, comprenden contar con servicios de calidad para el cuidado de las gestantes y recibir atención de emergencia y contar con todos los insumos para garantizar la maternidad saludable y segura.


En el Perú los Derechos Sexuales y Reproductivos están protegidos como en el ámbito internacional: desde los derechos humanos que están reconocidos en la Constitución y también en diferentes normas que abordan los diferentes contenidos protegidos, como la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres5, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud6, y la Resolución Ministerial Nº 668 -2004 /MINSA, que  aprueba las Guías Nacionales de Atención Integral de la Salud Sexual y Reproductiva7, entre otras normas legales.

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Section
Editorial

How to Cite

Guevara-Ríos, E. (2020). Sexual rights and reproductive rights. Revista Peruana De Investigación Materno Perinatal, 9(1), 7–8. https://doi.org/10.33421/inmp.2020183